Qué es el DC-e
El DC-e (Declaração de Conteúdo eletrônica) es la declaración de contenido electrónica de Brasil, cuyo modelo de documento es el modelo 64. Cuando el remitente no tiene la obligación de emitir una NF-e (por ejemplo, una persona física o un no contribuyente) pero necesita transportar mercancía, debe llevar consigo una "declaración de contenido" que indique qué hay en el paquete y quién se lo envía a quién. El DC-e es la versión electrónica de la Declaração de Conteúdo en papel, que entra en vigor tras la autorización de la SEFAZ.
No es una factura tributaria, sino un documento legal para el transporte de mercancías por parte de no contribuyentes. Si en una inspección de carretera se transportan objetos personales o mercancías no gravadas sin poder presentar el DC-e (o la declaración en papel), la mercancía puede ser incautada. Tras su digitalización, el DC-e puede autorizarse en línea y queda registrado para su consulta, siendo más seguro y fiable que la declaración en papel.
Quién necesita emitir un DC-e
- Remitentes personas físicas (CPF): envíos de mercancías entre particulares (C2C); sin CNPJ no se puede emitir una NF-e.
- No contribuyentes / entidades exentas: envíos de entidades que no están dentro del ámbito del registro tributario de ICMS.
- Devoluciones de consumidores en comercio electrónico: el comprador (persona física) devuelve el producto al vendedor.
- Objetos personales / transporte de mudanzas: transporte de objetos personales entre estados o municipios.
Capacidades clave de la API DC-e de TF Fiscal
1. Generación de un DC-e conforme con una sola llamada
Envíe el remitente, el destinatario y el detalle de la mercancía (descripción, cantidad, valor) y se genera automáticamente un DC-e conforme a las normas del modelo 64, solicitando la autorización a la SEFAZ.
2. Doble titularidad: persona física (CPF) y empresa (CNPJ)
Tanto el remitente como el destinatario pueden ser un CPF (persona física) o un CNPJ (empresa), adaptándose perfectamente a escenarios sin factura como los envíos C2C o las devoluciones de consumidores.
3. Declaración detallada del contenido de la mercancía
Declare ítem por ítem el nombre, la cantidad, la unidad y el valor de la mercancía, formando una lista de contenido completa que cumple los requisitos de fiscalización.
4. Flujo completo de autorización y cancelación
Soporte para la autorización y la cancelación del DC-e ante la SEFAZ, con consulta de estado en tiempo real y trazabilidad de todo el proceso.
5. Documento imprimible que acompaña a la mercancía
Genera un documento DC-e imprimible que acompaña a la mercancía en la ruta, para presentarlo en cualquier inspección de carretera.
Escenarios de uso típicos
- Devoluciones de consumidores en comercio electrónico transfronterizo (la persona física devuelve al vendedor).
- Envíos de mercancías entre particulares (C2C).
- Transporte de mercancías de remitentes no contribuyentes.
- Objetos personales y transporte de mudanzas entre estados.
Diferencias entre el DC-e y la NF-e / el MDF-e
- NF-e: factura tributaria emitida por un contribuyente (con CNPJ y registro de ICMS), con impuestos.
- DC-e: declaración de contenido para cuando una persona física o un no contribuyente no necesita facturar, sin impuestos.
- MDF-e: manifiesto de transporte que agrega varios envíos cuando un vehículo lleva múltiples cargas.
Precios
El DC-e está incluido en los planes de TF Fiscal; se recomienda usarlo junto con la API NF-e y la API CT-e. Consulte los planes y precios; los clientes con alto volumen de operaciones pueden contactar con ventas para obtener una solución personalizada para grandes empresas.
Preguntas frecuentes
P: ¿Cuál es la diferencia entre el DC-e y la NF-e?
La NF-e es la factura tributaria emitida por un contribuyente (con CNPJ y registro de ICMS). El DC-e es el documento que usa una persona física o un no contribuyente cuando no puede emitir factura, para declarar el contenido de la mercancía y permitir su transporte legal, sin involucrar impuestos.
P: ¿Puede una persona física (que solo tiene CPF) emitir un DC-e?
Sí. El DC-e está diseñado precisamente para las personas físicas / no contribuyentes que no pueden emitir una NF-e: por ejemplo, cuando un consumidor devuelve al vendedor un producto comprado en línea, o cuando los particulares se envían objetos entre sí.
P: ¿Qué número de modelo de documento tiene el DC-e?
Modelo 64 (modelo 64), autorizado por la SEFAZ; es la versión electrónica sustitutiva de la Declaração de Conteúdo en papel.
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